#COLOMBIA / MUNDO – Antonio José Cano Vergara no toleró el ruido que cada noche originaba su vecino Jhonatan Andrés Arenas Ossa. Después de varios días de reclamo, el hombre lo mató con un arma de fuego porque no lo dejaba dormir. En el tiroteo también hirió a Kevin Arley Valencia Soto.
Cano Vergara fue condenado a 10 años y un mes de prisión carcelaria por este hecho ocurrido el 6 de septiembre de 2021 en el sector El Vergel del corregimiento San Antonio de Prado, en Medellín, Colombia. La sentencia fue emitida por un juzgado de la capital de Antioquía.
#HayJusticia | Condenado hombre que asesinó a otro por hacer ruido cerca de su casa. Luego de avalar el preacuerdo entre Fiscalía y defensa, un juez condenó a 10 años y 1 mes de prisión a Antonio José Cano responsable del homicidio de Jhonatan Arenas.https://t.co/GHVZfccR4m
— Fiscalía Colombia (@FiscaliaCol) August 17, 2022
El día del asesinato, Jhonatan de 28 años, y Kevin, de 21, estaban conversando en la vía pública cuando Antonio José los abordó para quejarse una vez más por el alto volumen de la música.
El llamado de atención causó una acalorada disputa entre los hombres. La confrontación verbal se mantuvo un rato hasta que Antonio José sacó un arma de fuego y mató a su vecino de varios disparos. Según testigos, el asesino se encontraba en estado de embriaguez.
En medio de la balacera, el sujeto hirió también a Kevin Arley, quien recibió un disparo a nivel de la cadera y fue trasladado al hospital La María, de Castilla, logrando recuperarse.
Se declara culpable por matar a su vecino que no lo dejaba dormir
“Se logró determinar que el procesado le reclamó en varias ocasiones a Arenas Ossa; presuntamente desde hacía varios días, el ruido que la víctima causaba no le permitía dormir”, aseguró la Fiscalía General de Colombia en un comunicado.
Antonio José Cano Vergara se declaró culpable. “Ante la contundencia del material probatorio recaudado por la Fiscalía, el condenado aceptó su responsabilidad por los delitos de homicidio, tentativa de homicidio y porte ilegal de armas de fuego”, relató el juez.
La defensa y la Fiscalía llegaron a un preacuerdo previo a la sentencia emitida el 18 de agosto. El ataque fue calificado como sicariato. La defensa solicitó detención domiciliaria, pero esta fue negada por el juzgado, decisión apelada ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín.
Según medios locales, la víctima no residía en el sector donde lo mataron, pero frecuentaba el lugar. Tenía tres antecedentes penales por porte y tráfico de estupefacientes y otra por calumnia.
Con información de: Meganoticias
Editado por Noticias La Critica Aruba